La Palabra del Sacerdote ¿Puede un sacerdote celebrar exequias por pecadores manifiestos o suicidas?

PREGUNTA


Hace muchos años, tuvimos en mi familia el penoso caso de un ser querido que se suicidó, era hermano de mi esposa y durante su velatorio el sacerdote se negó a rezar por su alma. Yo y mi familia quedamos tremendamente chocados.

Quisiera saber si Ud. me podría explicar la actitud del sacerdote. Si fue una actitud aislada o si existe alguna norma al respecto. ¿Podemos mandar rezar Misas por el alma de mi cuñado?


RESPUESTA


Nada justifica el suicidio porque, por más arduas que sean las condiciones de la existencia de una persona, el hombre fue hecho para enfrentar durante la vida situaciones adversas, a veces durísimas. Y Dios nunca le niega al hombre los auxilios que necesita para cumplir sus deberes familiares, profesionales y sociales, y para superar todas las probaciones. Auxilios que alcanzamos de Dios muy especialmente por medio de la oración: “En verdad, en verdad os digo, que cuanto pidiereis al Padre en mi nombre, os lo concederá”, dice Nuestro Señor Jesucristo (Jn. 16, 23). “Y todo cuanto pidiereis en la oración, como tengáis fe, lo alcanzaréis” (Mt. 21, 22). La desesperación del suicida es una negación pecaminosa de la misericordiosa paternidad de Dios y de la infalible promesa de Jesucristo.

El suicidio es un pecado escandaloso, que atenta contra los derechos de Dios, supremo y único Señor de la vida y de la muerte. Es un pecado que violenta brutalmente la convivencia familiar y social, privando a familiares y amigos de la presencia de un ser querido, y muchas veces de un sustentáculo familiar material, afectivo y espiritual. Es un pecado gravísimo que precipita al alma directamente al infierno.

Por esa razón, las leyes de la Iglesia (cánones 1184/1185) vedan conceder exequias eclesiásticas a los “pecadores manifiestos” —como es el caso de los suicidas— “a no ser que antes de la muerte hubieran dado alguna señal de arrepentimiento”.

El ítem 3º del canon 1184 introduce la precisión de que la privación de las exequias eclesiásticas debe ser aplicada a los “pecadores manifiestos, a quienes no puedan concederse las exequias eclesiásticas sin escándalo público de los fieles”.

El sacerdote, al negarse a rezar por el alma de la persona que cometió el suicidio, presumiblemente examinó la situación concreta para, conforme señala el ítem arriba referido, evitar el “escándalo público de los fieles”. Se comprende, pues, la actitud asumida por él.

Conviene aún añadir que no basta la mera suposición de que tal vez, en los últimos instantes (entre el acto suicida y la muerte efectiva), por la infinita misericordia de Dios, se habrá arrepentido de su acto insano y obtenido el perdón. Es preciso que haya algún testimonio fidedigno de que el suicida, antes de expirar, haya por ejemplo besado devotamente un crucifijo o alguna imagen u objeto piadoso, se haya golpeado en el pecho dando muestras de arrepentimiento de sus pecados, haya pedido que le llevasen un sacerdote, aún cuando éste no hubiese llegado a tiempo, etc. Sin estas señales el sacerdote no puede darle “sepultura eclesiástica”, o sea, rezar públicamente por el difunto, encomendar su alma, bendecir su sepultura, etc., ni celebrar las Misas de exequias.

De cualquier modo, como resta la posibilidad de que Dios le haya concedido in extremis al suicida la gracia del perfecto arrepentimiento, sin que él lo haya podido manifestar públicamente, está permitido rezar privadamente por el difunto, e incluso encomendar misas por su intención, desde que éstas sean celebradas privadamente y asistidas apenas por los familiares y amigos más íntimos, sin darle al acto ningún carácter social (como anuncios en los periódicos, por ejemplo).

Juicio Universal (detalle), Fray Angélico, siglo XV — Museo de San Marcos, Florencia

Lamentablemente, esas sabias y razonables disposiciones eclesiásticas, que antiguamente eran muy conocidas por los fieles, hoy no lo son más, lo cual explica que Ud. y su familia hayan quedado tremendamente chocados con la actitud del sacerdote. En vista de ello, hubiera sido conveniente, tal vez, que él mismo diese una explicación a la familia.

La triste realidad de nuestros días es que vivimos en una sociedad que se distanció de Dios. Nociones como la de la extrema seriedad de la vida, en la cual debemos, por la honestidad de nuestros actos, ganar el Cielo, y por lo tanto evitar cualquier trasgresión de la Ley de Dios y de la Iglesia, no más forman parte de las ponderaciones habituales de un enorme número de nuestros contemporáneos. Restan apenas algunos vestigios de tradiciones cristianas, como la de rezar por los difuntos en el velatorio, llamar a un sacerdote para que encomiende su alma, etc.

Y aún es forzoso reconocer que incluso esos residuos están desapareciendo. Con todo, la reacción suya y la de su familia, de quedar chocados con la negación del sacerdote de rezar públicamente por el suicida, se comprende en función del deseo de obtener su salvación. Que recen, pues, por su ser querido, pues Dios, en su infinita misericordia, en previsión de esas oraciones, puede haberle dado al difunto la gracia del arrepentimiento in extremis. ¡Hasta dónde puede llegar la misericordia divina!     



¿El tiempo en la tierra y en el purgatorio corren paralelamente? La Medalla Milagrosa
La Medalla Milagrosa
¿El tiempo en la tierra y en el purgatorio corren paralelamente?



Tesoros de la Fe N°11 noviembre 2002


Un Auxilio venido del Cielo, la Medalla Milagrosa
La Medalla Milagrosa San Martín de Porres ¿El tiempo en la tierra y en el purgatorio corren paralelamente? ¿Puede un sacerdote celebrar exequias por pecadores manifiestos o suicidas?



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